martes, 17 de abril de 2012

Novedades Normativas - Derecho Ambiental




(i)     Resolución SAyDS Nº 607/2012. El día 28 de marzo de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la resolución Nº 607/2012 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (“SAyDS”) por medio de la cual se exige la construcción o adecuación de las instalaciones de cámara de toma de muestras y medición de caudales (CTMyMC) de los establecimientos industriales y/o especiales comprendidos en el artículo 2 del decreto Nº 674/89. La construcción o adecuación de la CTMyMC  debe realizarse en base a las especificaciones técnicas que surgen del anexo de la resolución y en plazos de 60 y 30 días hábiles, respectivamente. La resolución prevé la posibilidad de solicitar una prórroga de hasta 30 días hábiles en base a “causas justificadas” y sanciones de multa por incumplimiento (desde los AR$5000).


(ii)    Resolución SAyDS Nº 555/2012. El día 16 de marzo de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la resolución SAyDS Nº 555/2012 por medio de la cual se aprueban (a) las reglas para la confección y presentación de la documentación técnica exigida para establecimientos industriales y/o especiales alcanzados por el Decreto Nº 674/89, (b) el formulario de protocolo para análisis de efluentes líquidos industriales y/o especiales, y (c) los modelos de constancia de visado de documentación técnica y calidad de vertido de obra existente, de constancia de visado previo de documentación técnica de obra a ejecutar y de constancia de visado para establecimiento sin vuelco. La resolución establece que los establecimientos que cuenten con constancia de visado otorgada por la SAyDS deben solicitar una nueva constancia de visado. Finalmente, la resolución actualiza la multa establecida en el artículo 1 de la resolución INA 85/2000 en AR$5000.  
  
(iii)   Resolución ADA Nº 82/2012. El día 5 de marzo de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires la resolución Nº 82/2012 de la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires (“ADA”) relacionada a la expedición de Certificados de Prefactibilidad para el Vuelco de los Efluentes Líquidos. Del modelo de certificado que se incluye como anexo II surge que éstos serán expedidos por la ADA “al solo efecto de iniciar actuaciones relativas a la habilitación del establecimiento y en ningún caso y bajo ningún concepto suple al Permiso Precario de Vuelco …”. La resolución establece que debe abonarse un arancel para tramitar estos certificados (monto que será deducido de las tasas de aprobación que correspondan al momento de obtener el Permiso Precario de Vuelco) y que tendrán una vigencia de un año. Del modelo de certificado que se incluye como anexo II también surge que si al año de otorgado el certificado no se logró cumplimentar la documentación técnico-legal correspondiente para completar el trámite del Permiso Precario de Vuelco, se procederá a la baja del trámite del Permiso Precario de Vuelco y al inicio de las acciones que correspondan.

(iv)    Resoluciones OPDS Nº 24, 25 y 33/2012. El día 23 de febrero de 2012 se publicaron en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires las resoluciones del Organismo para el Desarrollo Sostenible (“OPDS”) Nº 24, 25 y 33/2012. La resolución Nº 24 establece que el OPDS declara extinguida por prescripción la acción contravencional correspondiente a todos aquellos procedimientos sancionatorios iniciados con anterioridad al 31/12/2010, en los cuales no se haya dictado acto administrativo sancionatorio y/o no existan actos interruptivos o suspensivos de la prescripción” (no se aplica a los expedientes bajo la 11.720, que tiene un plazo de prescripción de 5 años). La resolución Nº 25 se se refiere a presentaciones que deben hacer industrias de la segunda categoria con un nivel de complejidad ambiental hasta 15 puntos. Finalmente, la resolución Nº 33 prevé modificaciones a la resolución OPDS Nº 88/10 sobre el “Programa de Control de remediación, Pasivos y Riesgo Ambiental”.

(v)     Resoluciones SEDRONAR Nº 1797/2011 y 39/2012.  Los días 13 y 16 de febrero de 2012 se publicaron en el Boletín Oficial de la Nación las resoluciones Nº 1797/2011 y 39/2012 de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (“SEDRONAR”). Por medio de estas normas se aprueban (i) el Manual de Procedimientos del Registro Nacional de Precursores Químicos; y (ii) una nueva versión del sistema de aplicación digital de informes trimestrales (en adelante, “ADIT”). Según lo establece la resolución Nº 39/2012, el ADIT tiene carácter optativo entre el 1º de enero de 2012 y el 1º de enero de 2013, siendo obligatorio presentar los informes trimestrales a través de tal sistema a partir del día 1º de enero de 2013. De las consultas efectuadas ante SEDRONAR el ADIT aún no se encuentra funcionando y las presentaciones deben realizarse en papel. 


Información recopilada por el estudio jurídico Brons & Salas (http://www.brons.com.ar/)

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